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SUBSIDIOS A LA LUZ Y EL GAS: QUIÉNES DEBEN INSCRIBIRSE EN EL NUEVO ESQUEMA Y CÓMO HACERLO

Con el inicio del 2026, el esquema de asistencia para los servicios públicos en Argentina dio un importante giro, a través de la implementación del Régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF). Esta transición no solo implica una nueva denominación del registro, sino también una obligatoriedad de inscripción para grupos que antes estaban bajo otros programas. La principal novedad es que el acceso a los subsidios queda ahora estrictamente atado al valor de la Canasta Básica Total (CBT). Según las últimas actualizaciones, solo podrán mantener el beneficio aquellos hogares cuyos ingresos mensuales netos no superen las tres canastas básicas, una cifra que hoy se sitúa en los $3.771.987,09. Este cambio de paradigma obliga a miles de usuarios a revisar su situación en el padrón para evitar que las facturas de energía eléctrica y gas natural lleguen con tarifa plena en los próximos meses. Los bloques de consumo base para la electricidad fueron fijados en 300 kWh en enero, febrero, mayo, junio, julio, agosto y diciembre; y en 150 kWh en marzo, abril, septiembre, octubre y noviembre. Contarán con una bonificación del 50%. Para las tarifas de gas, la bonificación también será del 50% para los meses de mayor consumo (entre abril y septiembre). En los de bajo consumo, no habrá subsidios. ¿Quiénes deben anotarse a los subsidios? A diferencia de lo que ocurrió en años anteriores, la Secretaría de Energía definió tres grupos específicos que deben completar el formulario de inscripción de manera obligatoria para no perder la asistencia, aunque para muchos usuarios la transferencia de un sistema a otro es automático. En primer lugar, se encuentran todos los beneficiarios del ex Programa Hogar. El esquema anterior para la compra de garrafas fue absorbido por el ReSEF, por lo que estos usuarios deben registrarse en la nueva plataforma para seguir percibiendo el descuento, que ahora se canalizará preferentemente a través de medios de pago virtuales o billeteras digitales. El segundo grupo afectado es el de los usuarios que residen en localidades que contaban con la Tarifa Social de Gas (VER LOCALIDADES) pero que no poseen redes de distribución domiciliaria. Para estos hogares, la migración no es automática y deben declarar sus datos en el nuevo sitio oficial. Finalmente, deben inscribirse todos aquellos usuarios de luz y gas que, cumpliendo con los requisitos de ingresos bajos o medios, nunca se hayan anotado en el antiguo RASE. Quienes ya figuraban en los niveles 2 y 3 del esquema anterior verán sus datos migrados automáticamente, aunque se recomienda ingresar para actualizar la declaración jurada si hubo cambios en la composición familiar o en los ingresos. En estos casos, el Gobierno estableció un plazo de seis meses para completar la inscripción en el ReSEF. Durante ese período, el beneficio se mantiene vigente mientras se completa la migración al nuevo esquema. Una vez finalizado ese proceso, el Programa Hogar será dado de baja y los subsidios quedarán unificados dentro del régimen general. ¿Cómo se realiza la inscripción? Mediante un formulario online con carácter de declaración jurada ingresando a la web oficial (ENTRAR ACÁ). También se puede hacer por teléfono o de forma presencial. ¿Qué pasa si la factura no está a mi nombre? Igualmente se puede inscribir indicando que es el usuario real del servicio. ¿Qué datos necesito de la factura? Empresa distribuidora, número de cliente o servicio, y número de medidor. ¿Es compatible con planes sociales? Sí. Jubilaciones, pensiones, AUH y otros programas no impiden la inscripción. ¿Qué datos necesito para anotarme? El número de medidor y el número de Cliente/Servicio/Cuenta/Contrato o NIS que están en tu factura de energía eléctrica y gas por red. El último ejemplar de tu DNI vigente. El número de CUIL de cada integrante del hogar mayor de 18 años. Una dirección de correo electrónico personal que utilizás con frecuencia. ¿Qué hago si no puedo completar el trámite online? Se debe llamar al 0800-222-7376 o realizar el trámite de forma presencial en la distribuidora o entes reguladores.

  • lunes, 12 de enero de 2026 a las 3:58 pm

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