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Oficializan el aumento de 5,71 % para los jubilados nacionales a partir de marzo
Por el incremento de la inflación, con la nueva fórmula aprobada en diciembre, la actualización de junio sería de 7,8%
El gobierno nacional oficializó ayer el primero de los cuatro aumentos previstos en el año para los jubilados de la ANSeS, que a partir de marzo será de 5,71%, correspondiente a la Ley de Movilidad Jubilatoria.
Lo hizo a través de la resolución 2E/2018 del Ministerio de Trabajo publicada en el Boletín Oficial, y que lleva la firma del secretario de Seguridad Social, Juan Carlos Paulucci Malvis.
La misma estableció que “el valor de la movilidad correspondiente al mes de marzo de 2018, es de 5,71%”.
Estiman que por la alta inflación de diciembre, la actualización del segundo trimestre sumará unos dos puntos más, para rondar el 7,8%.
La fórmula es una suma que contempla el 70% de la variación trimestral registrada por el índice de precios del Indec (inflación) y el 30% de la evolución que en igual período registró otro índice llamado Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte).
La Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables es un índice que se publica desde 2006 y fue incluido en la fórmula de movilidad previsional luego de que el Ejecutivo aceptara la propuesta de los senadores peronistas de modificar su idea original de mover las jubilaciones siguiendo solamente al IPC.
Para determinar el porcentaje de 5,71% se tomaron las variaciones de precios y salarios correspondientes al tercer trimestre de 2017.
La nueva ley establece otras tres actualizaciones anuales de los haberes para junio (se ponderan datos de octubre a diciembre del año pasado), septiembre (con datos del primer trimestre de 2018) y diciembre (según variables del segundo trimestre de 2018).
La fórmula que se utilizaba hasta el año pasado contemplaba dos ajustes anuales en cuya composición tenía un rol preponderante la recaudación fiscal.
Asimismo, la normativa aprobó “los índices de actualización de las remuneraciones mensuales percibidas por los trabajadores en relación de dependencia, que cesen desde el 28 de febrero de 2018 o soliciten su beneficio desde el 1° de marzo de 2018”.
“Las remuneraciones con aportes correspondientes a los titulares de los beneficios que hubiesen cesado con anterioridad al 28 de febrero de 2018 o los que continúen en actividad y hubieran solicitado la prestación antes del 1° de marzo de 2018, se actualizarán mediante la aplicación de los índices de actualización aprobados”, puntualizó la resolución.
La movilidad no solo afecta jubilaciones y pensiones. También repercute en la Prestación Universal para el Adulto Mayor (PUAM), en la Asignación Universal por Hijo (AUH), los pagos por hijo a asalariados y a monotributistas, las pensiones no contributivas y los pagos mensuales que reciben ex combatientes de Malvinas.
La norma incluyó además una garantía para las personas que tienen 30 años de aportes o más, quienes no podrán cobrar menos que un monto al 82% del salario mínimo, vital y móvil. Esta cláusula se ejecutó junto a un bono especial que permitió destrabar las negociaciones el año pasado para que parte de la oposición acompañara la ley impulsada por el Poder Ejecutivo.
La nueva movilidad previsional llevará al Gobierno a publicar la fórmula del Ripte, el índice que utiliza como base las variaciones de los salarios y explica el 30% de la nueva actualización de las jubilaciones, pese a que desde el inicio de la Reparación Histórica es el número que está extendiendo a cada vez más usos.