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LA MAYORÍA DE LAS PREPAGAS DEBERÁN DAR MARCHA ATRÁS CON LOS AUMENTOS Y DEVOLVERLE DINERO A LOS AFILIADOS

El Gobierno nacional anunció este miércoles que el 75% de las empresas de medicina prepaga deberán bajar el precio de sus cuotas y recalcular los aumentos que aplicaron desde diciembre tomando como base para el cálculo el Índice de Precios al Consumidor. Al mismo tiempo, la Superintendencia de Salud presentó una medida cautelar ante la Justicia para que devuelvan dinero a los usuarios. “Por disposición del Ministerio de Economía, un grupo de empresas de medicina prepaga, que representan alrededor del 75% de los afiliados, van a retrotraer el valor de sus cuotas a diciembre de 2023, ajustada a partir de allí por IPC”, anunció el vocero presidencial, Manuel Adorni, en su habitual conferencia de prensa. El vocero explicó además que las empresas “deberán aplicar como máximo” el IPC “para ajustar las cuotas por los próximos 6 meses”. La medida, explicó Adorni, se tomó a raiz de una denuncia “por presunta cartelización”. El anuncio se da luego de la polémica por los desproporcionados incrementos que las compañías aplicaron desde diciembre del año pasado muy por encima de la inflación general. La medida tomó por sorpresa a las empresas, quienes aseguraron que no participaron de ninguna negociación con el Gobierno y analizan cuál es el camino que podrán tomar. Al respecto, desde el Ejecutivo advirtieron que si bien las compañías pueden apelar, la resolución ya está en vigencia y su aplicación no cesa ante una presentación de ese tipo. “El Gobierno del presidente Milei no va a convalidar maniobras especulativas bajo ningún punto de vista. La Argentina de la avidada se terminó el 10 de diciembre pasado”, añadió Adorni. La medida fue dispuesta por la Secretaría de Industria y Comercio a instancias de la Comisión Nacional de Defensa del Consumidor que “determinó que existen indicios múltiples de un acuerdo colusivo entre las principales empresas de medicina prepaga del país”, según la información oficial. La decisión establece que el precio de la cuota deberá calcularse respecto del valor del mes de diciembre de 2023 multiplicada por la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor nivel general con cobertura nacional elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos vigente al momento de la facturación correspondiente, y el mismo Índice correspondiente a diciembre de 2023. La medida preventiva, además, ordena “cesar con cualquier tipo de intercambio de información, ya sea en el marco de las reuniones de la Confederación Unión Argentina de Salud (UAS) o cualquier otro ámbito, que implique precios, servicios a proveer, costos y cualquier otra información comercial”. “Hay que revisar el IPC de diciembre hasta ahora y ver cuánto es. Consideramos que va a haber una reducción considerable con respecto a lo que se pagó en abril”, dijo Adorni. Por otra parte, el vocero informó que la Superintendencia de Servicios de Salud presentó una medida cautelar para que las empresas de medicina prepaga alcanzadas por la disposición de la Secretaría de Comercio les devuelvan a sus afiliados la diferencia entre los aumentos que aplicaron y los que deben aplicar a partir de la decisión oficial. “La Superintendencia no controla más los precios, pero sí busca garantizar la libre competencia y la libertad de elegir en beneficio de los argentinos”, resaltó el vocero presidencial ¿Qué empresas de medicina prepaga están incluidas en la medida de las bajas de cuotas? Según lo informado por la secretaría en su resolución, las empresas incluidas en la baja de las cuotas son Galeno, Hospital Británico, Hospital Alemán, Medifé, Swiss Medical Group, Omint, OSDE y la Confederación Unión Argentina de Salud. Además, la cartera solicitó a las empresas remitir a la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, la información de diciembre de 2023 en adelante, "con frecuencia de actualización mensual hasta el día 10 de cada mes" sobre los precios nominales de lista detallados para cada plan de salud ofrecido, los ingresos obtenidos detallados por cada plan de salud, y la cantidad de afiliados que poseen en cada uno de los planes. Por último, intimó a las empresas a publicar "en el plazo máximo de diez (10) días hábiles, a partir de la notificación de la presente medida, de manera claramente visible y fácilmente accesible, el texto completo de la presente resolución, en sus respectivos sitios web, debiendo acreditar la publicación en las presentes actuaciones en el plazo de cinco (5) días".

  • miércoles, 17 de abril de 2024 a las 3:21 pm

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