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Para la Justicia, calumniar e injuriar en redes sociales es un delito punible
Una mujer deberá realizar 150 horas de tareas comunitarias, aunque no sufrirá ninguna sanción económica, por insultar a un hombre a través de Twitter
En una fallo sin precedentes la Justicia Nacional de la Ciudad de Buenos Aires condenó a una mujer a realizar 150 horas de tareas comunitarias por «calumniar e injuriar» a un hombre a través de las redes sociales.
El fallo fijó un precedente para los casos de agravios entre particulares en las redes sociales, que hasta el momento no eran tipificados como un delito y estaban exentos de castigo penal y económico.
La causa judicial se había iniciado el 3 de Mayo del año pasado con la presentación de una querella por parte de Marcelo Frydlewskym, quien se sintió «agraviado» a raíz de una serie de tuits publicados por Mónica Lang.
El delito por calumnias e injurias está tipificado en los artículo 109 y 110 del Código Penal, pero nunca había sido aplicado en la Argentina para agravios vertidos en las redes sociales.
Frydlewsky, realizó la presentación de la acción penal a través de su abogado Jorge Monastersky, quien explicó el caso y dijo que «de ahora en más los tuits con agravios no serán gratuitos».
En noviembre pasado, según dijo, se celebró la audiencia de conciliación prevista para este tipo de delitos y en la oportunidad la querella solicitó a Lang que se retracte a través de la publicación por tres días en dos diarios de circulación nacional.
El querellante también exigió el pago de una suma importante de dinero y aseguró que lo donaría a una entidad de bien público.